Archive for the ‘corona’ Category

A la cárcel con l@s crític@s!!! Poetas, escritores, humoristas, ilustradores y libertad de expresión.

noviembre 7, 2007
«No hagáis distinción de persona en el juicio; así al pequeño como al grande oiréis.»

La Biblia Deuteronomio, 1:17.

Después de escribir el post Instrucciones para crear una nueva Universidad: Hormiguero ; sobre la Plataforma contra el Acoso Laboral y por la Democracia en la Universidad de Sevilla y como en la Universidad de Sevilla se han volatilizado las listas de correo. Me he puesto a pensar (y eso es malo…) sobre Libertad de Expresion y críticas hacia las instituciones y como ellas se parapetan, desde tiempos inmemoriales, legalmente para destrozar toda posibilidad de una crítica profunda y radical al sistema.

Hoy leo en Read/Write Web Written by Marshall Kirkpatrick / November 6, 2007 / 6 comments

digg_url = ‘http://digg.com/world_news/Egyptian_Blogger_Marks_One_Year_in_Prison’; digg_bgcolor = ‘#ffffff’; digg_skin = ‘compact’;

» Abdul Kareem Nabeel Suleiman is a 22 year old law student in Egypt who blogged under the name Kareem Amer until being arrested one year ago today. Charged with ‘contempt of religion’ and ‘defaming the President of Egypt,’ the young man was sentenced in February of this year to four years in prison. Supporters will hold rallies on Friday calling for his release in 14 major cities around the world, from London to Mexico City.

The demonstrations are being organized, in part, by the Free Kareem Coalition. The group says it is an interfaith organization founded and primarily made up of Muslims who disagree with what Kareem wrote on his blog but will «defend with all our might his right to express such opinions.»

¿Por qué golpeas a esa prostituta? Registra tu conciencia. ¿No cometiste tú mismo con ella el crimen que ahora castigas? El usurero hace ahorcar al falsario. Los pequeños vicios traslucen a través de los andrajos de la miseria; mas las finísimas pieles y los trajes de seda lo ocultan todo. Dale al vicio un broquel de oro y la espada de la justicia se quebrará contra el, sin mellarlo; pero cubre su broquel con andrajos y un pigmeo lo atravesará con una simple paja.

William Shakespeare

Inmediatamente lo asociamos a los salvajes e incultos árabes, ya se sabe son todos unos tiranos si están en el gobierno o unos terroristas si no lo están ( y no digo yo que algunos no lo sean, recordemos el 11 de Marzo…). Pero yo me pregunto tres cosas, entre otras (aviso: el post de hoy será largo…un antipost o mejor, un transpost;-D):

1) La primera, y para que sirva de conocimiento a nuestros blogueros más inocentes que creen que cada uno puede hablar a su aire. Es largo, pero creo que será interesante…y para eso transcribo, primero, parte del código penal español, extraído del excelente blog Del derecho y las normas, que por cierto su último post tiene un recuerdo a «Eskorbuto» un grupo leyendal, inclasificable, en el rock español:

1- Delito de Amenazas: Artículo 169. (Prisión de 30 meses a 5 años)

El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:
Con la pena de prisión de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de prisión de seis meses a tres años.
Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos.

2- Delito Revelación de Secretos: Artículo 197. (Prisión de 1 a 5 años + multa de 12 a 24 meses)

3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores. [datos reservados de carácter personal o familiar de otro tipo]
Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo anterior.

Sólo se aplica el párrafo segundo porque para el primero es necesario acceder a los datos ilegalmente, lo que implica algo más que escribir.

3- Delito de Calumnia [editado]: Artículo 205 y siguientes. (Prisión de 6 meses a 2 años ó multa de 12 a 24 meses)

Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses.
El acusado por delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado.


Se considera que publicar un texto en internet cumple el requisito de la propagación con publicidad. (Por ejemplo SAP Asturias de 20 mayo 2004)


4- Delito de Injurias [editado]: Artículo 208 y siguientes (Multa de 6 a 14 meses)

Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves.
Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

El acusado de injuria quedará exento de responsabilidad probando la verdad de las imputaciones cuando éstas se dirijan contra funcionarios públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos o referidos a la comisión de faltas penales o de infracciones administrativas.

Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses.


Lo mismo respecto de la publicidad que lo previsto para las injurias. Artículo 211

5- Delitos relativos al mercado y a los consumidores: Artículos 279 y 280 (Prisión de 2 a 4 años y multa de 12 a 24 meses, Prisión de 1 a 3 años y multa de 12 a 24 meses)

279 – La difusión, revelación o cesión de un secreto de empresa llevada a cabo por quien tuviere legal o contractualmente obligación de guardar reserva, se castigará con la pena de prisión de dos a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

280 -El que, con conocimiento de su origen ilícito, y sin haber tomado parte en su descubrimiento, realizare alguna de las conductas descritas en los dos artículos anteriores, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses.


6- Delitos contra la Corona: Artículo 488 (Pena en función del delito propuesto, Prisión con un mínimo de 1 año y un máximo de 20 años)

La provocación, la conspiración y la proposición para los delitos previstos en los artículos anteriores se castigará con la pena inferior en uno o dos grados a las respectivamente previstas.


Los delitos a que hace referencia son:

a -Matar al rey, a sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe heredero de la Corona.

b -Causar a cualquiera de las anteriores personas lesiones de cualquier tipo en su persona, tanto físicas como psíquicas.

c -Privar a las anteriores personas de libertad.

7- Delito de Amenazas a la Corona: Artículo 490. (Prisión de 3 a 6 años)

Con la pena de prisión de tres a seis años será castigado el que amenazare gravemente a cualquiera de las personas mencionadas en el apartado anterior, y con la pena de prisión de uno a tres años si la amenaza fuera leve.
8- Delito de Calumnias e injurias a la Corona: Artículos 490 y 491. (Prisión 6 meses a 2 años ó multa de 4 a 24 meses)

490 -El que calumniare o injuriare al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe heredero de la Corona, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son.

491 -Las calumnias e injurias contra cualquiera de las personas mencionadas en el artículo anterior, y fuera de los supuestos previstos en el mismo, serán castigadas con la pena de multa de cuatro a veinte meses.

9- Delitos contra la imagen de la Corona: Artículo 491. (Multa de 6 a 24 meses)

Se impondrá la pena de multa de seis a veinticuatro meses al que utilizare la imagen del Rey o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del consorte de la Reina, o del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe heredero, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona.

10- Delitos contra las instituciones del Estado: Artículo 504. (Multa de 12 a 18 meses)

Incurrirán en la pena de multa de doce a dieciocho meses los que calumnien, injurien o amenacen gravemente al Gobierno de la Nación, al Consejo General del Poder Judicial al Tribunal Constitucional, al Tribunal Supremo o al Consejo de Gobierno o al Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma.

11- Delitos relacionados con los Derechos Fundamentales: Artículo 510. (Prisión de 1 a 3 años + multa de 6 a 12 meses)

Los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.
Serán castigados con la misma pena los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, difundieren informaciones injuriosas sobre grupos o asociaciones en relación a su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía.

12- Delito de Ultrajes a España: Artículo 543. (Multa de 7 a 12 meses)

Las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, se castigarán con la pena de multa de siete a doce meses.

13- Delito de Enaltecimiento del terrorismo: Artículo 578. (Prisión de 1 a 2 años)

El enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este Código o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares se castigará con la pena de prisión de uno a dos años.

2) La segunda: Vamos a recordar un poco de poesía del Barroco Español. ¿Sería posible una poesía así hoy con ese código penal?. ¿Hasta dónde llega la crítica?. ¿Recordáis la portada de «El Jueves» y la que se formó…por la imagen?. Han leído ustedes «Los cien mil falos» de Apollinaire o algunos textos del Marques de Sade ?:

a) De Miguel de Cervantes:Al túmulo del Rey Felipe II en Sevilla

Voto a Dios que me espanta esta grandeza
y que diera un doblón por describilla;
porque ¿a quién no sorprende y maravilla
esta máquina insigne, esta riqueza?

Por Jesucristo vivo, cada pieza
vale más de un millón, y que es mancilla
que esto no dure un siglo, ¡oh gran Sevilla!,
Roma triunfante en ánimo y nobleza.

Apostaré que el ánima del muerto
por qozar este sitio hoy ha dejado
la gloria donde vive eternamente.

Esto oyó un valentón, y dijo: «Es cierto
cuanto dice voacé, señor soldado.
Y el que dijere lo contrario, miente.»

Y luego, incontinente,
caló el chapeo, requirió la espada,
miró al soslayo, fuese, y no hubo nada.

2) Luis de Góngora:Ándeme yo caliente

Ándeme yo caliente
y ríase la gente.

Traten otros del gobierno
del mundo y sus monarquías,
mientras gobiernan mis días
mantequillas y pan tierno,
Y las mañanas de invierno
naranjada y aguardiente,
y ríase la gente.

Coma en dorada vajilla
el Príncipe mil cuidados,
como píldoras dorados;
que yo en mi pobre mesilla
quiero más una morcilla
que en el asador reviente,
y ríase la gente.

Cuando cubra las montañas
de blanca nieve el enero,
tenga yo lleno el brasero
de bellotas y castañas,
y quien las dulces patrañas
del Rey que rabió le cuente,
y ríase la gente.

Busque muy en hora buena
el mercader nuevos soles;
yo conchas y caracoles
entre la menuda arena,
escuchando a Filomena
sobre el chopo de la fuente,
y ríase la gente.

Pase a media noche el mar,
y arda en amorosa llama
Leandro por ver su Dama;
que yo más quiero pasar
del golfo de mi lagar
la blanca o roja corriente,
y ríase la gente.

Pues Amor es tan crüel,
que de Píramo y su amada
hace tálamo una espada,
do se junten ella y él,
sea mi Tisbe un pastel,
y la espada sea mi diente,
y ríase la gente.

3) Libertad de Expresión en la creación artística:Index Librorum Prohibitorum (vía wikipedia)
El Index Librorum Prohibitorum et Expurgatorum o «Índice de libros prohibidos», también llamado Index Expurgatorius es una lista de aquellas publicaciones que la Iglesia Católica catalogó como libros perniciosos para la fe; además establecía, en su primera parte, las normas de la iglesia con respecto a la censura de los libros…

La trigésima segunda edición, de 1948, última publicada, contenía aproximadamente 4.000 títulos censurados por varias razones: herejía, deficiencia moral, sexo explícito, inexactitudes políticas, entre otras. La lista incluía junto a una parte de la lista histórica, buena parte de los novelistas del siglo XIX, como Zola o Balzac, cuyas obras estaban prohibidas completas, o Victor Hugo, del que Los miserables no fueron retirados hasta 1959. Entre los pensadores se encuentran Michel de Montaigne (los Ensayos), Descartes (varias obras, incluidas las Meditaciones metafísicas), Pascal (Pensées), Montesquieu (Lettres persannes), Spinoza (Tratado teológico-político), David Hume, Kant (Crítica de la razón pura), Beccaria (De los delitos y las penas), Berkeley, Condorcet (Esquisse d’un tableau historique des progrès de l’esprit humain), o Bentham. Algunos autores modernos llegaron a tiempo de ser incluidos en la lista antes de su abolición, por ejemplo, Maurice Maeterlinck, cuyas obras fueron prohibidas íntegras, lo mismo que las de los autores siguientes: Anatole France (incluido en 1922),[2] André Gide[2] o Jean Paul Sartre (1959).[2] Otra inclusión significativa es la del sexólogo holandés Theodor Hendrik van de Velde, autor del manual de sexo El matrimonio perfecto, en el que se animaba a los matrimonios a disfrutar del sexo. (1952)

Los autores notables por su ateísmo, como Schopenhauer, Marx o Nietzsche, o por su hostilidad a la Iglesia Católica, no suelen figurar en el Índice, puesto que tales lecturas están prohibidas ipso facto. Se incluye, más bien, a aquellos autores y obras de los que los fieles pueden no ser inmediatamente conscientes de que sus posiciones son gravemente contrarias a la doctrina de la Iglesia, como Erasmo de Rotterdam, Michel de Montaigne, La evolución creadora, de Henri Bergson o, por ejemplo, las actas del Congrès d’histoire du christianisme (Congreso de historia del cristianismo) de 1933.

También os traigo una lista de libros de la ALA (American Library Association) una de las antiguas asociaciones de bibliotecas del mundo fundada en 1876 en Philadelphia. Una de las secciones que tiene es la Office for Intellectual Freedom(Oficina para la libertad intelectual) , en la que van tomando nota de los libros de los que piden su retirada (challenged) y de los que son prohibidos (banned). Cada año llevan a cabo la semana de los libros prohibidos, en la que recomiendan leer los libros más perseguidos. Por supuesto tienen un blog. Esto en el país de la libertad, ahí tenéis algunos de la lista The 100 Most Frequently Challenged Books of 1990–1999:

Toda la serie de relatos escalofriantes, de Alvin Schwartz
Yo sé por qué canta el pájaro enjaulado, de Maya Angelou
La guerra del chocolate, de Robert Cormier
Las aventuras de Huckleberry Finn, Mark Twain
De ratones y hombres, de John Steinbeck
La serie de Harry Potter, de J.K. Rowling
Un puente hacia Terabithia, de Katherine Paterson
Paula tiene dos mamás, de Leslea Newman
El guardián entre el centeno, de J.D. Salinger
El dador, de Lois Lowry
Serie de Pesadillas, de by R.L. Stine
El color púrpura, de Alice Walker
Serie de Los hijos de la Tierra, de Jean M. Auel
La gran Gilly Hopkins, de Katherine Paterson
¿Recuerdas a Alicia?, Anónimo
La cocina de noche, de Maurice Sendak
Las brujas, de Roald Dahl
Serie de Anastasia, de Lois Lowry
Las cabras, de Brock Cole
El cuento de la criada, de Margaret Atwood
Julie y los lobos, de Jean Craighead George
Ojos azules, de Toni Morrison
¿Qué me está pasando? Libro para chicas, de Lynda Madaras
Matar a un ruiseñor, de Harper Lee
Beloved, de Toni Morrison
Rebeldes, de S.E. Hinton
Flores para Algernon, de Daniel Keyes
Un mundo feliz, de Aldous Huxley
Cujo, de Stephen King
James y el melocotón gigante, de Roald Dahl
American Psycho, de Bret Easton Ellis
¿Qué me está pasando? Libro para chicos, de Lynda Madaras
La casa de los espíritus, de Isabel Allende
Matadero cinco, de Kurt Vonnegut
El señor de las moscas, de William Golding
Hijo nativo, de Richard Wright
¿De dónde venimos?, de Peter Mayle
Carrie, de Stephen King
Mamá puso un huevo, de Babette Cole
La zona muerta, de Stephen King
Las aventuras de Tom Sawyer, de Mark Twain
La canción de Salomón, de Toni Morrison
El verano del soldado alemán, de Bette Greene
Los pilares de la tierra, de Ken Follett.

Ya lo dice el refranero popular: «El que ve la mota en el ojo ajeno, vea la viga en el suyo».

Si os aburrió el post lo siento, al menos leyeron poesía barroca, algo de «derecho legal vs. justicia» y un poco de historia de la libertad de expresión. Ya saben lo que dijo el ex-alcalde de Jerez no? «la justicia es un cachondeo». Ya se sabe, el humor y la risa siempre fué más del pueblo y menos de los poderes, algo más ácido y subvertidor que la crítica periodística. Aunque no me digan que la imagen del tio camorra de1847, no os suena a algunos periodistas actuales?. ¿Algo ha cambiado desde Jenófanes,…una parte importante de su obra perdida, y casi inencontrable en Internet; mientras que sus contrarios, los que ganaron están por tos los lugares..Estar contra el poder es díficil, pero más complejo es reirse de él (y más peligroso!?).

«Cuando un hombre pide justicia es que quiere que le den la razón.»
Santiago Rusiñol i Prats

«No existe tiranía peor que la ejercida a la sombra de las leyes y con apariencias de justicia.»
Montesquieu

«No se tata de saber si persiguiendo la justicia lograremos preservar la libertad.
Se trata de saber que, sin la libertad, no realizaremos nada
y perderemos a la vez la justicia futura y la belleza antigua.»
Albert Camus

Y para terminar un extracto de «Las Avispas» de Aristófanes, una sátira del 422 adC (el texto, algo más extenso podéis leerlo en wikisource.

JANTIAS: Sin embargo, es muy mal agüero el de un hombre arrojando su escudo. Pero cuenta tu sueño.

SOSIAS: El mío es grandioso; se refiere a toda la nave del Estado.

JANTIAS: Me conformo, de momento, con la quilla del asunto.

SOSIAS: Creí ver en mi primer sueño, sentados en el Pnix y reunidos en asamblea, una multitud de carneros, con báculos y mantos burdos; después me pareció que entre ellos hablaba un omnívoro paquidermo, cuya voz pa­recía la de un cerdo a quien están chamuscando.

JANTIAS: ¡Puf!

SOSIAS: ¿Qué te sucede?

JANTIAS: Basta, basta; no cuentes más: tu sueño apesta a cuero podrido.

SOSIAS: Aquel maldito paquidermo tenía una balanza en la cual pesaba grasa de buey.

JANTIAS: ! Maldición! Es la Hélade; quiere despedazar a nuestro pueblo.

SOSIAS: A su lado creí distinguir a Teoro, sentado en el suelo con cabeza de cuervo, y además a Alcibíades, que me dijo tartajeando: «Mira, Teolo tiene cabeza de cuervo».

JANTIAS: Nunca ha balbucido más oportunamente Al­cibíades.

SOSIAS : ¿Y no encuentras extraño el que Teoro se haya convertido en cuervo?

SOSIAS: ¿Cómo?

JANTIAS: Al contrario; es excelente.

JANTIAS: Pues verás. Si de hombre se ha convertido de repente en cuervo puede conjeturarse sin dificultad, que nos abandonará para irse con los cuervos.

SOSIAS: Habría de darte dos óbolos por tu habilidad para interpretar los sueños.

JANTIAS: Pero quiero explicar el asunto a los especta­dores y hacerles antes algunas breves advertencias. No es­peréis de nosotros poesía trascendente ni tampoco choca­rrerías de inspiración megarense. No poseemos ninguna pareja de esclavos que bombardee a los espectadores con una cesta llena de nueces ni un Heracles furioso por su cena frustrada, ni un Eurípides que censurar; e incluso tam­poco tenemos la intención de presentar a Cleón hecho pi­cadillo, pese al esplendor de su buena suerte; pero tenemos un asunto bastante ingenioso aunque no arriesga romperos la cabeza y más inteligente, de fijo, que una farsa vulgar. Nuestro dueño, hombre poderoso, que duerme en la habi­tación que está bajo el tejado, nos ha mandado que guarde­mos a su padre, ? quien tiene encerrado para que no salga. Este se halla atacado de una enfermedad tan extraña, que difícilmente la podríais conocer vosotros, ni aún figurárosla, si no os dijéramos cuál era. ¿No lo creéis? Pues tratad de adivinarlo. Aminias, el hijo de Pronapo, dice que es la afi­ción al juego; pero se equivoca.

SOSIAS: Ciertamente. Se le figura que los demás tie­nen sus vicios.

JANTIAS. No; el mal tiene su raíz en otra afición… Ahí está Sosias, que le dice a Dercilo que es la afición a la be­bida.

SOSIAS: ¡Pero esa es una afición de personas decentes!

JANTIAS: Nicóstrato, el de Escambónides, asegura que es la afición a los sacrificios y a la buena mesa. …

Fuente: [ varias, imágenes revistas satíricas españolas….extraidas de ciberniz y de la biblioteca nacional:»Cu-Cut» (1902-1912), «Hermano Lobo» (1972-1976), «La Codorniz» (1941-1978), «El Jueves» (1977-actualidad) «Gutiérrez»(1927-1935), «El Garbanzo» (1872), «El tio Camorra» (1847)]